14 Julio 2009

General cree injusta prisión de 10 días dispuesta por PN

Guzmán Fermín advirtió que no permitirá indisciplina en la Policía
SD. El jefe de la Policía Nacional, Rafael Guillermo Guzmán Fermín, aseguró que fue sancionado con diez días de arresto el general Juan Tomás Taveras Rodríguez, por incurrir en un desafío a la autoridad ante una advertencia de que se abstuviera de hacer pronunciamientos de carácter político.

En ese sentido, el general Juan Tomás Taveras Rodríguez calificó de injusta la disposición del Jefe de la Policía y agregó que envió una comunicación a los jueces policiales, para que mediante sentencia, revoquen el memorándum 19211 que ordena 10 días de arresto.

Taveras Rodríguez está acusado de violar la Ley 96-04, en la letra C del artículo 65, que sanciona a los miembros de la Policía que desoigan disposiciones emanadas del alto mando.

Según el oficial, los memorándums 15098 y el 19211 están violando su derecho constitucional de Libertad de Expresión.

El oficial arrestado argumenta que desconoce la disposición de la Jefatura de la Policía que prohíbe de que los miembros de la Policía expresen sus opiniones en los medios de comunicación, sin la previa autorización

Taveras Rodríguez argumenta en una misiva enviada a los Jueces Policiales que la sanción está basada en "una disposición que no existía ni existe hasta el momento, porque el memorándum en cuestión no se refiere a los medios escritos, si no sólo a los medios televisivos y radiales".

Dijo que por esa razón, "no se puede hablar de falta grave, no se puede cometer una falta grave y máxime cuando está basada en una disposición que no existe".

En tanto, el jefe de la Policía, Rafael Guillermo Guzmán Fermín, dijo que la opinión del oficial puso en riesgo la institución, porque viola los reglamentos de apartidismo de la uniformada, apolítica y no deliberante. "Si nosotros permitimos que cualquier policía haga lo que quiera en la Policía, fallaría entonces, no sólo la institución, sino que colapsaría la Policía".

Taveras Rodríguez está recluido en unas habitaciones del Palacio policial.


De Adonis Santiago Díaz

Comentarios

Elpidio No se si 10 dias de prision es o no justo por comentarios a la prensa,me parece drastica la medida.Lo que si se, es que el General Taveras Rodríguez,si desea hacer pronunciamientos de carácter político,debe renunciar a la PN y como buen Hijo de Vecino,estaria en todo su derecho a expresarse sobre el tema que quiera.Los mienbros que pertenecen a Entidades de Seguridad Publica,deben obedecer una cadena de mando claramente establecida en sus funciones.
Cesab Alguien me puede decir lo que dijo o escribio el policia..?
Plagombra Entiendo que con una amonestacion bastaba, no habia que hacer de eso un espectaculo, estamos hablando de un general que le impusieron una sancion por expresar sus ideas, esto deja mucho que decir, ademas el articulo escrito por el General fue hecho con mucha profesionalidad, con una Simple amonestacion si el Jefe de la Policia se sintio aludido bastaba.
353330700 Bueno, la verdad es que nunca vamoso a salir de una, dicen que violó la Ley 96-04 art. 65 letra C de la Policia, veremos que dice:Art. 65.- Sanciones disciplinarias.- Los miembros de la Policía Nacional estarán sujetos, según la gravedad de la falta incurrida, a las sanciones disciplinarias siguientes: a) Amonestación verbal; b) Amonestación escrita; c) Arresto por un máximo de hasta treinta (30) días; d) Suspensión de funciones sin pérdida de sueldo; e) Degradación; f) Separación definitiva.
353330700 Vamos a ver como es que andan las cosas en este País, a éste general lo acusan de violar el art. 65 letra C de la Ley 97-04 de la Policia NArt. 65.- Sanciones disciplinarias.- Los miembros de la Policía Nacional estarán sujetos, según la gravedad de la falta incurrida, a las sanciones disciplinarias siguientes:acional que dice: sigue
353330700 Art. 65.- Sanciones disciplinarias.- Los miembros de la Policía Nacional estarán sujetos, según la gravedad de la falta incurrida, a las sanciones disciplinarias siguientes: a) Amonestación verbal; b) Amonestación escrita; c) Arresto por un máximo de hasta treinta (30) días; d) Suspensión de funciones sin pérdida de sueldo; e) Degradación; f) Separación definitiva.
353330700 Vieron el FamArt. 97.- Preservación de derechos acumulados.- En los casos en que un miembro de la Policía Nacional cometiere una falta que amerite su separación y se encuentre dentro del tiempo establecido para el retiro voluntario, la sanción a la falta no perjudicará su derecho a pensión, pero no podrá ser promovido al grado superior inmediato, si tuviere el tiempo requerido para ello.
353330700 Y como nada está por encima de la Constitución analizen esto ahora : 1. Toda persona podrá, sin sujeción a censura previa, emitir libremente su pensamiento mediante palabras escritas o por cualquier otro medio de expresión, gráfico u oral. Cuando el pensamiento expresado sea atentatorio a la dignidad y a la moral de las personas, al orden público o a las buenas costumbres de la sociedad, se impondrán las sanciones dictadas por las leyes. sigue
353330700 1. Se prohibe toda propaganda subversiva, ya sea por anónimos o por cualquier otro medio de expresión que tenga por objeto provocar desobediencia a las leyes, sin que esto último pueda coartar el derecho a análisis o a crítica de los preceptos legales.
353330700 El sencillamente se ha expresado de lo mismo que dice nuestra Constitución, ¿y es que la policia no puede opinar sobre nuestra Constitución? ¿eso es plitica? además ese general es periodista ¿no puede ejercer esa profesión? y el el médico, odontologo y hasta el abogado que sube a estrado siedo policia?